Carta de familiares de Repunte al Senado de la Nacion

 

Estimados Senadores y Senadoras de la Nación, somos familiares de las 10 víctimas del hundimiento del barco pesquero Repunte, que se hundió el 17 de junio de 2017. Un barco que zarpó con muchísimas irregularidades de Mar del Plata, un barco que entró usado a la Argentina en 1968 con un hundimiento anterior, un barco que nunca había ido a la zafra de langostino y en su segundo viaje a langostino se hundió.

Desde el 2000 hasta la fecha se hundieron 44 barcos pesqueros y murieron 95 tripulantes. Los últimos hundimientos son de barcos de más de 50 años por eso para nosotros es tan necesaria la renovación de la flota pesquera.

No podemos permitir que sigan muriendo nuestros trabajadores en barcos chatarras por eso le pedimos que sean tratados los proyectos de renovación pesquera que se presentaron el día 24 de abril en las comisiones de Infraestructura y Transporte y Presupuesto y Hacienda dichos proyectos son de los senadores Solanas S2131/18, Luenzo S384/18 y de Pinedo-Bullrrich S117/19. Donde se decidió pasar a un cuarto intermedio para el día 8 de mayo. Nuestro pedido es que se respete esta fecha donde se invitó a participar a representantes de los distintos sectores de la industria pesquera y naval y a nosotros como familiares de las víctimas de los hundimientos.

A continuación detallamos algunos de los puntos de cada proyecto y nuestra posición frente a los mismos.

En el proyecto de ley Solanas-Luenzo se prevé un plazo de CINCO AÑOS para la renovación de aquellos buques de MÁS de CUARENTA AÑOS de ANTIGÜEDAD y de DIEZ AÑOS para los buques de MÁS de TREINTA y CINCO AÑOS de ANTIGÜEDAD, pudiendo extenderse la antigüedad a SESENTA AÑOS en el caso de buques reconstruidos en más de un 60% en astilleros nacionales.

Por el contrario, el proyecto Pinedo-Bullrrich establece que la renovación de la flota pesquera argentina se iniciará recién a partir de enero del AÑO 2040, permitiendo que por VEINTIUN AÑOS continúen navegando buques pesqueros definitivamente obsoletos como los MÁS de SESENTA buques fresqueros de menos de 15 metros de eslora que actualmente tienen una antigüedad promedio de MÁS de CINCUENTA AÑOS y que podrán seguir navegando por VEINTIUN AÑOS MÁS hasta superar una antigüedad promedio de SETENTA AÑOS en el 2040.

Así como los MÁS de TREINTA buques fresqueros de más de 40 metros de eslora que actualmente tienen una antigüedad promedio de MÁS de CUARENTA y CINCO AÑOS y que podrán seguir navegando por VEINTIUN AÑOS MÁS hasta superar una antigüedad promedio de SESENTA y CINCO AÑOS en el 2040. Estos buques representan MÁS del VEINTE POR CIENTO de la flota pesquera argentina.

Para nosotros esto es inaceptable. ¿Vamos a esperar otros VEINTIUN años para INICIAR la renovación de la flota pesquera argentina? ¿Si en 19 años se hundieron 44 barcos, cuantos barcos se van a hundir en los próximos 21 años? ¿Cuántas vidas más vamos a perder?

Con respecto a la posibilidad de traer barcos usados, la Cámara de la Industria Naval de Mar del Plata sostiene que el proyecto Solanas-Luenzo abriría la puerta a una importación masiva de barcos usados, lo cual es FALSO dado que el proyecto Solanas-Luenzo da prioridad a la industria naval nacional (el artículo 10mo. de este proyecto de ley otorga prioridad en las cuotas de captura a aquellos armadores pesqueros con mayor cantidad de buques construidos en el país) y solo autoriza la importación de buques NUEVOS en caso de que los astilleros nacionales NO PUEDAN satisfacer la demanda de los armadores, permitiéndole a aquellos armadores que cuenten con buques en CONSTRUCCIÓN en ASTILLEROS ARGENTINOS a importar un buque usado de menos de diez años de antigüedad.

Por otra parte, el proyeco Pinedo-Bullrrich no impone ningún tipo de limitación a la IMPORTACIÓN de BUQUES USADOS por parte de los armadores pesqueros, e inclusive premia a aquellos armadores pesqueros que importen BUQUES POTEROS USADOS otorgándoles MAYOR CAPACIDAD de PESCA por el solo hecho de reemplazar a otro buque potero, modificando por decreto el artículo 30mo. de la Ley 24.922 de Pesca que establece en su artículo 30 que los permisos de pesca sólo podrán ser transferidos a otra unidad, de capacidad equivalente que NO IMPLIQUE UN INCREMENTO del ESFUERZO PESQUERO.

Algo muy importante y no se puede dejar de decir es que el proyecto Pinedo-Bullrrich en su artículo 3ro. permite a los armadores pesqueros que utilicen el permiso de pesca como garantía financiera y en caso de incumplir el armador con sus obligaciones crediticias el acreedor financiero pasará a ser el titular de dicho permiso (artículo 5to.), de esta manera el DNU 145/19 autoriza a los armadores pesqueros a hipotecar un recurso que no les es propio sino del Estado dado que los permisos de pesca, cuotas individuales de captura y autorizaciones de captura son CONCESIONES para explotar el recurso pesquero y, como tales, NO PUEDEN ser considerados como activos de los concesionarios que puedan ser embargados.

¿Qué sucedería si las petroleras o las empresas mineras pudieran disponer como garantía bancaria de los recursos hidrocarburíferos o mineros concesionados por las provincias a las cuales corresponde su dominio originario?

EN el artículo 6to, el proyecto Pinedo-Bullrrich incrementa en un DIEZ POR CIENTO la capacidad de pesca de los buques construidos en el país de manera arbitraria e indiscriminada poniendo en serio riesgo el recurso pesquero que pertenece a TODOS los ARGENTINOS sin siquiera fomentar la construcción de nuevos buques en el país, ya que no se estipula tal condición para acceder a dicho incremento. Limitando de forma innecesaria a la industria naval nacional a construir buques de menos de 27 metros de eslora sin mediar razón alguna para ello y excluyendo también la posibilidad de que en algún momento puedan construirse buque poteros en Argentina.

Dado que dicho proyecto otorga una mayor capacidad de pesca (sin siquiera especificar el incremento) al armador que reemplace sus buques poteros por unidades USADAS de menos de 20 años de antigüedad sin ninguna limitación respecto al país de procedencia de los buques USADOS.

Por otra parte, el proyecto de ley Solanas-Luenzo prevé un incremento del 10% de la capacidad de pesca, excluyendo la especie langostino, pero SOLO para los BUQUES NUEVOS CONSTRUIDOS en ARGENTINA, quedando el mismo sujeto a la determinación de excedentes disponibles según el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).

Finalmente, el proyecto Solanas-Luenzo de Renovación de la Flota Pesquera incorpora en su artículo 11ro. la creación del Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Nacional (FODINN), el cual fuera VETADO de la Ley 27.418 Régimen de PROMOCIÓN de la INDUSTRIA NAVAL por parte del gobierno de Macri, y representa una herramienta financiera clave para el desarrollo de la Industria Naval Nacional en general y de la renovación de la flota pesquera argentina en particular.

Para finalizar queremos decir que el mar es de todos los argentinos y el recurso que hay en él también. Que los trabajadores de los barcos pesqueros merecen que la seguridad de sus vidas sea resguardada, como cada trabajador en la Argentina tiene que ser amparado por el Estado quien regula cada una de las actividades productivas.

Nosotros ya perdimos a nuestros familiares y no los vamos a recuperar pero hoy, ahora en este momento, hay muchísimos barcos en las mismas condiciones y no podemos permitir que estas tragedias evitables se repitan

Lic. Gabriela Sanchez, hermana de Gustavo Sanchez capitán desaparecido del barco hundido Repunte.